Hoy concluyo el debate en el pleno de la Suprema Corte sobre la reforma al Código Civil del DF que modificó la definición de matrimonio y, por derivación, permite la unión conyugal de personas del mismo sexo. El máximo tribunal determinó que la reforma está apegada a la Constitución, que tiene validez en toda la República y que aquellas parejas tienen derecho a adoptar. Este último tema está en curso, pero los razonamientos esgrimidos o aceptados por la mayoría de ministros permite suponer que la votación será en el mismo sentido que las dos anteriores.
Conviene recordar la génesis de la cuestión, para un más cabal entendimiento de la resolución judicial. Apenas instalada en septiembre pasado la quinta legislatura de la Asamblea Legislativa del DF se perfiló posible la reforma mencionada, al artículo 146 del Código Civil. Donde decía que el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer, se lee ahora que es la unión de dos personas. Aunque sus destinatarios fueran las y los homosexuales, no fue preciso incluirlos en la nueva definición.
La bancada del PAN se opuso a la enmienda, como antes diputados de ese partido se enfrentaron sin éxito a la reforma del Código Penal que dejó sin sanciones a la interrupción del embarazo practicada en las primeras 12 semanas de la gestación. Como en aquella oportunidad, el grupo panista buscó entablar una acción de inconstitucionalidad, pero no alcanzó el número de diputados (un tercio del total, 22 de 66) requerido para ese fin. También como entonces, remedió esa insuficiencia el Presidente Calderón, que instruyó al Procurador General de la República -Eduardo Medina Mora en el caso del aborto, Arturo Chávez Chávez en el de la enmienda civil- a que iniciara dicha acción. No quedó duda alguna de que no se pretendía ventilar un asunto jurídico, sino político, cuando los gobernadores panistas acudieron a otro medio de control constitucional, la controversia, con el mismo propósito: derogar el artículo recién reformado, volver a la antigua definición de matrimonio.
Sus líneas de argumentación fueron discutidas y derrotadas por casi todos los ministros. Se opusieron sólo dos, el Ministro Presidente Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, y el archiconservador Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Amén de los argumentos jurídicos, aparecieron en el debate los prejuicios presentes en algunos círculos de la sociedad. Se llegó al extremo de augurar mala educación a los hijos adoptivos de homosexuales, que inexorablemente adoptarán la misma preferencia sexual. Ya ha sido combatido ese sofisma con el contraargumento de que si la educación familiar determinara la preferencia no habría homosexualidad, pues los hijos, naturales o adoptivos son educados por padres heterosexuales cuya conducta sería copiada por los descendientes. También se arguyó que las parejas homosexuales son más proclives a la infidelidad, a la promiscuidad y a la breve duración de la relación conyugal. Quien alegue esas presuntas verdades ignora la realidad de buena parte de los matrimonios heterosexuales.
La confirmación del carácter constitucional de la reforma civil capitalina no redunda sólo en beneficio de las parejas homosexuales, sino que consolida la validez del régimen liberal, igualitario, que han adoptado distintos regímenes republicanos. Data apenas de 2006 la adición de un tercer párrafo al artículo primero, que se opone a toda discriminación. Prohíbe que la haya "por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas".
Con la resolución de la Corte no ganan sólo las parejas homosexuales, sino la sociedad entera, a la que se confirma su derecho a no padecer las discriminaciones enunciadas en el artículo inicial de nuestra constitución, su pórtico, un verdadero resumen de los privilegios de toda persona. Es una victoria de la República liberal, laica, frente al conservadurismo católico, expresado por el PAN y sus gobiernos. La argumentación del Procurador Chávez Chávez contenía menos derecho que alegatos ideológicos y prejuicios, como el que pretende decir que en defensa del interés de los niños adoptables se precisa evitarles el mal de que los adopten parejas homosexuales.
El argumento es tan insostenible como el que arrebatara privilegios a las personas obesas. Con razón, está en curso una campaña contra la obesidad, de la cual puede desprenderse, si no está ocurriendo ya, una demonización de las personas excedidas de peso. Una mala educación nutricional las ha conducido a esa situación. ¿Eso queremos para los niños que no tienen familia? ¿Que se prolonguen en ellos las inclinaciones a la gordura? Así razonarían quienes en su conciencia elemental juzgan que la homosexualidad, como la gordura, es un mal cuya reproducción es vitanda.
Como ocurrió tras la reforma que despenalizó el aborto en las primeras 12 semanas, es de temerse una reacción legislativa del conservadurismo católico, tendiente no sólo a evitar que se modifiquen los códigos locales en el mismo sentido que el del DF, sino a impedir que tengan efectos los matrimonios entre dos personas. De suerte que si bien hay motivos de regocijo civil por la confirmación practicada por la Corte, debe haber conciencia viva de la eventual reacción ultramontana.
No hay comentarios:
Publicar un comentario